EMISORAS Y SU UTILIZACIÓN EN LA CAZA
TELECOMUNICACIONES EN LA CAZA
Por Jesús Irazola Ursúa, Secretario de ADECANA.
Para asegurarnos una buena comunicación en las batidas en los intrincados montes y valles pirenaicos, lo recomendable es utilizar transceptores (emisores-receptores) de la banda de 2 metros (150 Mhz.) o de la de 70 centímetros (450 Mhz) con una potencia de entre 3 y 5 vatios. A mayor potencia mayor alcance pero, si tenemos en cuenta que para que la mejora en el alcance o en la calidad de la señal sea apreciable debemos duplicar la potencia de transmisión, de 5 w. deberíamos pasar a 10 w., cosa poco recomendable dado que el notable aumento del consumo agotaría en muy poco tiempo la batería o nos obligaría a aumentar el tamaño de estas convirtiendo los equipos en muy poco portátiles y estos se han estandarizado con un máximo de 5 w.
La experiencia demuestra que con el uso de “talkis” no se caza ni más ni menos, pero las batidas resultan mucho más amenas, se facilita la recogida de los perros, el control de cupos, el cobro de las piezas heridas y son de vital importancia en caso de infartos, accidentes y otras urgencias ya que los teléfonos móviles no suelen tener cobertura en las apartadas zonas donde se caza.
La gestión del Dominio Público Radioeléctrico y, en el caso que nos ocupa, del uso de radiotransmisores, es competencia de la Dirección General de Telecomunicaciones.
Existen varias fórmulas para utilizar legalmente transceptores. Describiré tres de ellas.
1ª/ Concesión administrativa de una frecuencia.
Solicitar y obtener de la Dirección General de Telecomunicaciones la concesión administrativa de una frecuencia. Se paga en función del territorio a cubrir, potencia a emplear, número de frecuencias o canales y de si se precisan repetidores, amén del proyecto y de utilizar equipos homologados.
Lo puede hacer cualquier entidad o asociación con un NIF para cubrir un territorio determinado, bien para cazar o para otros usos.
2ª/ Licencia de radioaficionado.
Estar en posesión de una licencia de radioaficionado tipo A, B, C, o CB.
En principio no es ético y no debería emplearse una licencia de este tipo para un uso predeterminado como el pretendido. Las licencias A y B permiten utilizar las frecuencias de las bandas recomendadas al inicio del artículo y equipos no homologados; se precisa pasar un examen y pagar unas tasas cada 5 años. Para la licencia CB no se precisa examen y autoriza a emplear la conocida banda ciudadana o de 27 Mhz. , no la recomiendo porque en cualquier canal se escuchan demasiadas conversaciones ajenas al grupo en batida. También se pagan tasas.
3ª/ Equipos homologados que no precisan licencias.
Emplear equipos homologados que por sus características no son necesarias ni licencias, ni concesiones administrativas, ni pago por otro concepto que no sea el del propio aparato.
De los equipos que he probado los que mejores prestaciones dan en el campo son los que cumplen la norma UN-110 que permite utilizar en todo el territorio nacional el sistema de radio móvil PMR-446. Son 8 canales comprendidos en la banda de frecuencias de 446 Mhz. a 446,1 Mhz. La potencia máxima es de 500 milivatios y la antena que llevan los equipos es inamovible.
La potencia es limitada, medio vatio, pero se puede comunicar en las mejores condiciones de visión directa sin obstáculos a una distancia de 2,5 Km. El alcance, si nos encontramos entre arbustos o masas arbóreas, baja a 1,5 o 1 Km. Y siempre considerando que si quitásemos los árboles veríamos a nuestro corresponsal.
Estos equipos pueden satisfacer las necesidades de determinadas cuadrillas que quieran tranquilidad y que cacen manchas pequeñas o en vertientes de un mismo valle. Pueden resultar útiles también en caza menor, esquí, bicicleta, senderismo, otros deportes, vigilancia de bebés e incluso en ciertos trabajos. En estos últimos años se han abaratado muchísimo por lo que proliferan por doquier con lo que las interferencias comienzan a ser molestas.
Todos los fabricantes conocidos incluyen en sus catálogos modelos de estos equipos.
Conclusión:
La primera opción, Concesión administrativa de una frecuencia.
Adecana pretendió en 1995 que el Departamento de Medio Ambiente consiguiera la concesión administrativa de una o dos frecuencias para los cazadores, pero el delegado de Telecomunicaciones en Navarra argumentó que en ese caso sólo podrían hacer uso los funcionarios, por lo que se pidió a nombre de Adecana lo que obligaba a los cazadores a pertenecer a esta última. ADECANA mantuvo durante dos años esta fórmula (1995 ,1996) pero los cazadores apenas si respondieron ya que la mayoría disponían de equipos y no quisieron comprar otros homologados. A estas alturas el uso de emisoras está implantado totalmente en la caza mayor y son numerosas las cuadrillas de caza que demandan la forma legal de emplearlas para poder cazar tranquilos, estando dispuestos a comprar los equipos homologados necesarios.
ADECANA tiene actualmente autorización administrativa que habilita a sus socios a utilizar estaciones radioeléctricas portátiles con marcado CE en los cotos de caza de toda Navarra y algunos cotos de Aragón. Esto permite a sus socios cazar en diversos lugares o con distintas cuadrillas empleando siempre el mismo aparato.
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA PODER UTILIZAR LA CONCESIÓN DE RADIOCOMUNICACIÓN EN LA BANDA UHF DE ADECANA
1º) Para acceder a la misma hay que ser:
a) SOCIO COLECTIVO de ADECANA, condición a la que se accede a través de la pertenencia a una Asociación de Cazadores, Club Deportivo de Cazadores, Cuadrilla, etc, socia de ADECANA.
b) O bien mediante la adquisición de la cualidad de SOCIO PARTICULAR DE ADECANA. Cuota anual de socio particular 15 €.
2º) Si ya se es socio, debe ponerse en contacto con ADECANA, la cual entregará a los interesados un carné que acredite tal condición, y si no es socio debe ponerse en contacto con ADECANA para formalizar la admisión. Este trámite lo puede realizar también a través del establecimiento vendedor de emisoras.
3º) El costo anual por socio y aparato (Parte proporcional del Canon de telecomunicaciones que ADECANA paga al Estado y que repercute entre sus socios usuarios de la red) es de 10 € por aparato.
4º) Una vez siendo socio, pueden ocurrir dos supuestos:
a) Que la cuadrilla de Cazadores o el cazador particular tenga ya adquiridas emisoras legales de este tipo con anterioridad, las cuales no hay problema alguna en certificarlas con la autorización de ADECANA previa grabación de los canales autorizados. Para ello habrá que dirigirse a ADECANA o a al establecimiento vendedor.
b) Que no tengan aparatos legales para este tipo de autorizaciones, por lo que tendrán que adquirirlos. Para ello se puede acudir a los siguientes establecimientos de venta de aparatos.
PAMPLONA:
- Gastéiz SL: Enrique Hernández. Tfno 948 24 50 50.
- Munárriz: Iñaki Munárriz. 948 27 84 10.
- Radio Baires: 948 29 03 01
- Sistelec: 948 17 02 20
TUDELA:
- Armería Cano: 948 82 68 81.
- Armería Sánchez Vera: 948 41 16 36.
TAFALLA:
- Armería Caza y Pesca Tafalla: 948 70 44 50.
SANGÜESA:
- Ringo: 948 43 03 93.
LEIZA:
- Armería Zubitur: 948 51 05 92.
Una vez puesto en contacto con estos establecimientos, el vendedor completará los datos del equipo con los datos personales del usuario, cuadrilla o asociación a la que pertenece o si es socio particular, etc., se los pasará a ADECANA quien le facilitará el carné de socio que le habilita a utilizar el equipo comprado.
5º) Para realizar esta tramitación, pueden ponerse en contacto con ADECANA o mejor directamente con el establecimiento vendedor quien se encargará de hacerle todos los trámites necesarios.