Nota de prensa de ADECANA en relación con la noticia aparecida en Diario de Navarra del día 25 de octubre de 2011 titulada “Medio Ambiente autorizó a cazar con arco en el Señorío de Bertiz, zona protegida”
En primer lugar, hay que hacer mención a la situación jurídica a la que está sujeto el espacio protegido del Parque Natural de Vertió, el cual era propiedad de Pedro Ciga Mayo. El señor Ciga, por testamento ológrafo, legó en 1949 dicha finca a Navarra y en su nombre a la Diputación Foral con la exigencia y condición de conservarlo sin cambiar sus características y con el objetivo de que fuese utilizado con fines recreativos, educativos y de conservación e investigación de los ecosistemas naturales. Ello esta plasmado en el Plan de Uso y Gestión que regula su funcionamiento. Al no preverse la realización de ninguna actividad en el plazo de 20 años y el establecimiento de zonas de preservación según criterios de la Red Natura 2000 y la Red de Bosques Vírgenes, entendemos que el manejo de su flora y fauna podría homologarse a lo establecido en las reservas integrales de la LEY FORAL 2/1993, DE 5 DE MARZO, DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE LA FAUNA SILVESTRE Y SUS HÁBITATS. Es decir prohibición total de cualquier tipo de extracción tanto de flora como de fauna. En segundo lugar, que trámite tienen que llevar este tipo de autorizaciones. Al tratarse de un espacio estrictamente protegido es de aplicación lo establecido en la LEY FORAL 2/1993, DE 5 DE MARZO, DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE LA FAUNA SILVESTRE Y SUS HÁBITATS Artículo 8 CAPÍTULO II. Autorizaciones Artículo 9 1. Podrán quedar sin efecto las prohibiciones del artículo 8 , previa autorización expresa del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, si no hubiera otra solución satisfactoria, (LA HAY QUE ES PERMITIR LA CAZA A LOS CAZADORES DEL VALLE DE BAZTAN) cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
En tercer lugar, ponemos en duda que exista una sobrepoblaciòn de jabalíes, ciervos y corzos en el Señorío de Bertiz, ya que esto suele ocurrir en espacios vallados, que no es el caso. Desde el punto de vista técnico, en este tipo de terrenos abiertos, cuando hay exceso de animales, los ejemplares adultos expulsan a los animales mas jóvenes que invaden los territorios colindantes, en este caso los cotos públicos de Etxalar, Oieregui; Baztán, Bertizarana, o del monte denominado Cuatro Pueblos. Por ello, para los cazadores de Baztán es muy bueno y lo apoyan, tener la reserva del Señorío de Bertiz porque nutren sus cotos con nuevos ejemplares. En este sentido ADECANA va a solicitar la documentación técnica que justifica la sobrepoblación y el haber tomado esta medida. En cuarto lugar, ADECANA apoya totalmente las reivindicaciones de los cazadores de los cotos públicos de las zonas colindantes al Parque que respetan que en Bertiz no se cace, y si hay que hacer algún tipo de control que sea prioritariamente a través de ellos. Desde ADECANA entendemos que ningún colectivo de cazadores debe tener privilegios sobre el resto. Por ello, los cazadores que utilizan el arco deben ser tratados como los demás. Dado que el Gobierno de Navarra ha informado que los permisos concedidos han sido por sobrepoblación, la modalidad de caza con arco es precisamente la menos efectiva para un control de exceso de animales. Las armas de fuego, en este caso, son mucho más eficientes. Además, son más precisas y contundentes, dejando menos animales heridos, y evitando así un sufrimiento innecesario. Por ultimo ADECANA, dada la importancia de la noticia, entiende que se deben investigar las circunstancias y los motivos de estas autorizaciones sin información pública, así como su legalidad. |