DAÑOS OCASIONADOS POR LA FAUNA CINEGÉTICA EN LA AGRICULTURA

ADECANA PREOCUPADA POR LA OBJETIVIDAD QUE APLICAN LOS TRIBUNALES EN LAS RECLAMACIONES POR DAÑOS A LA AGRICULTURA

Los daños ocasionados por las especies cinegéticas (en las carreteras y en la agricultura), al formar parte de la Responsabilidad Civil extracontractual es una materia cuya regulación corresponde al estado, y por ello, cuando las comunidades autónomas lo regulan en sus leyes de caza, se han de remitir tanto a la legislación de seguridad vial como al Código civil, y en el caso de Navarra al Fuero nuevo de Navarra.

Si bien con la modificación legal de la Ley foral de Caza de Navarra que entro el vigor el 1 de marzo de 2016 la  responsabilidad por los accidentes de circulación provocados por atropello de especies cinegéticas  dejó de ser objetiva  pasando a ser por culpa o negligencia al aplicarse la normativa básica estatal de seguridad vial en la que solo se hacen responsables a los titulares de los aprovechamientos cinegéticos cuando  el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél.

 

 

Pero en lo referente a la responsabilidad por daños a la agricultura,  lo grave y preocupante para los intereses económicos de los titulares de la gestión cinegética de los coto, léase los ayuntamientos y las sociedades locales de cazadores, es que la normativa navarra se remite sin dar más explicaciones a la legislación civil, y en base a ello, los jueces cuando juzgan reclamaciones de agricultores a las sociedades por daños ocasionados en las fincas que trabajan, en la mayor parte de sus casos, siguen objetivando la responsabilidad vinculándola al aprovechamiento cinegetico de los conejos y jabalíes que les ha sido adjudicado, todo ello, sin tener en cuenta que desde hace ya bastantes años las actuales líneas normativas y jurisprudenciales están estableciendo un sistema de responsabilidad únicamente por culpa o negligencia de los cazadores.

¿Qué queremos decir con esto desde ADECANA? Que si bien existen contados casos en los que las sociedades de cazadores no colaboran en la prevención de los daños no realizando el necesario control poblacional que requieren los conejos y jabalíes durante la época de caza y en veda mediante autorizaciones excepcionales, la gran mayoría de ellas no solo lo hacen muy exhaustivamente, sino que en la época de veda, de marzo hasta julio, que es cuando se producen los daños al estar creciendo los cultivos, les ceden a los agricultores gratuitamente cañones automáticos de disparos y pastores eléctricos que evitan que la fauna entre a los cultivos, y no hay derecho a que, a pesar de que hayan puesto por su parte todos los medios a su alcance para evitar los daños, incluso en casos en que algunos agricultores, los menos, se hayan incluso negado a colocarlos, se les condene aplicando la objetividad por el solo hecho de tener concedido su aprovechamiento cinegetico, como ha ocurrido recientemente en un caso precisamente con jabalíes que bajan a las noches a los cotos vecinos a los coto procedentes del parque natural de Urbasa y Andía.

Los daños producidos en la agricultura por la fauna cinegética, libre, salvaje son en esencia incontrolable, por lo que no deben recaer de forma automática y exclusiva sobre los cazadores, ya que lejos de ser el problema son parte de la solución al colaborar en su control, debiendo ser su responsabilidad compartida entre los colectivos implicados, cazadores, agricultores, administración local y autonómica, concesionarias de autopistas y autovías, concesionarias de canales de riego, etc...

 

 

Como bien indica Miguel Iñigo, “hacer pagar a los cazadores por los daños ocasionados por la fauna cinegética es tan absurdo e injusto como si se pretendiese que los bomberos pagasen los daños ocasionados por los incendios”. Se da la circunstancia agravante de que en Navarra hay cada día hay más parques naturales (3), 38 reservas naturales, 3 reservas integrales, 28 enclaves naturales protegidos, multitud de zonas de seguridad, etc. en las cuales está prohibida o muy limitada la caza y se convierten en refugio y zona de cría para la fauna, que las abandonan al caer la noche para comer, con graves daños en los cultivos próximos y posteriormente vuelven a ellas, donde encuentran refugio. Los cazadores no somos responsables de los daños ocasionados por estos animales que no podemos controlar y cazar.

La caza es la herramienta de control de las poblaciones de fauna cinegética más ecológica y natural, tal como ocurre en la naturaleza donde la depredación de unas especies sobre otras controla sus poblaciones y también es la herramienta más eficaz y económica para la administración. Los cazadores, que somos la parte más importante y necesaria para el control de la fauna y para la solución a los daños ocasionados por los animales, lo hacemos corriendo con todos los gastos, pagos a los Ayuntamientos (cada año, más elevados), seguros de caza, licencia de caza, armas, municiones, combustible y comidas.

Estos grandes gastos y el incremento que conllevan en las primas de los seguros, y las indemnizaciones por daños a la agricultura están llevando a muchas sociedades de caza a una ruina económica, lo cual sumado al gran número de trabas y problemas administrativos y a las nuevas, injustas y demenciales leyes en vigor o en proyecto, está provocando que muchas asociaciones de cazadores se planteen abandonar la caza y los cotos, como ya está ocurriendo en Cataluña,  y que también puede acabar ocurriendo en Navarra.

Por ello, desde ADECANA reclamamos una legislación más justa y equitativa, que reparta los gastos de los daños entre todos los sectores y administraciones involucradas, no de forma exclusiva sobre los cazadores, que repetimos, somos una parte fundamental en su solución.

Un artículo de ADECANA